La prueba del nueve de si los politicos controlan a los ciudadanos o viceversa es la existencia y buen funcionamiento de la División de Poderes.
Llámase División de Poderes al hecho cierto de ejercercerse las funciones de la Administración de lo público por medio de instituciones diseñadas de modo que se controlen mutuamente.
Todos los estados tienen instituciones o personas que desarrollan las diversas tareas administrativas, y que suelen agruparse en función de su relación con las leyes, con el Ordenamiento Jurídico.
Las personas e instituciones de las administraciones que dicen qué es ley y qué no lo és, o cooperan para ese fin, se dice que legislan.
Las personas e instituciones de las administraciones que interpretan la ley y resuelven las dudas que pueden plantearse o cooperan para tal fin, se dice que juzgan.
Las personas e insittuciones de las administraciones que aplican las leyes y en función de las mismas deciden lo que debe hacerse con los medios públicos, se dice que gobiernan.
Cuando las funciones están bien separadas, y las personas e insittuciones de las administraciones públicas se pueden asignar con precisión a una de las tres funciones y ninguna de ellas tiene ninguna parte en las demás, se dice que hay un Poder Legislativo, que se encarga de legislar, un Poder Judicial, que se encarga de interpretar las leyes, y un Poder Ejecutivo que se encarga de llevar a efecto las leyes y las decisiones interpretativas acerca de las leyes.
Pero la mera existencia de los tres poderes no presupone ni su efectiva división, ni que sean independientes, ni que se contrapesen o controlen unos a otros.
Supongamos que hay una persona o institución que tiene la capacidad de nombrar a las personas e instituciones de los tres poderes, y de separarlos de su cargo a voluntad.
Parece claro que en ese supuesto de laboratorio, sería mucho pedir que las tres funciones se desempeñasen con independencia, o que cualquiera de las tres controlase en modo alguno a aquella persona o institución de la que dependen para seguir en el cargo.
Ahora supongamos que personas o instituciones adscritas a una función determinan y nombran a las personas e instituciones de otra. Es evidente que los nombrantes tendrán poder sobre los nombrados, y que los nombrados no podrán desempeñar su función de forma independiente de los nombrantes.
Ni controlarlos, claro.
Esto ya no es un supuesto de laboratorio.
En España, un grupo (la mayoría parlamentaria del Congreso) nombra y determina al Presidente de Gobierno (que concentra en su persona el Poder Ejecutivo por ser su cabeza).
Ese grupo pertenece al menos teóricamente a otro Poder, el Legislativo.
Además, ese mismo grupo elige y determina a los miembros del órgano de gobierno del Poder Judicial, que es su Consejo General, y a los magistrados del Tribunal Constitucional.
Es decir, que ese grupo de personas tiene en su mano elegir y determinar los Poderes Ejecutivo y Judicial, siendo en teoría parte del Poder Legislativo.
No es de extrañar, por tanto, que el Presidente del Gobierno sea uno de ellos.
Ni que de forma directa en el Tribunal Constitucional y de forma indirecta, a través del Consejo, en los demás, ese grupo haya posicionado personas proclives y partidarias en todos los altos tribunales de Justicia.
Ni nos puede extrañar que legisle el Gobierno, haciendo alarde de la cantidad de normas que ha hecho aprobar para que se aprecie la eficacia de su gestión, cuando el número de normas que debería aprobar el gobierno es ... ninguna.
Ni nos puede extrañar que legisle el Gobierno, haciendo alarde de la cantidad de normas que ha hecho aprobar para que se aprecie la eficacia de su gestión, cuando el número de normas que debería aprobar el gobierno es ... ninguna.
Las decisiones de ese grupo de personas del parlamento, las del gobierno y las de los tribunales que deben resolver los procedimientos en los que son parte, son homogéneas.
Y por supuesto, cualquier idea de control o contrapeso entre poderes es una burla, una engañifa, una mentira.
En realidad, lo que sucede cuando personas de un poder eligen o determinan a personas de otro, es que los que determinan están ejerciendo una función que no es propiamente suya, están participándo del otro poder.
Están rompiendo las barreras que dividen a los poderes.
Y al hacerlo así, se sitúan por encima de los demás individuos, asumen la soberanía, la hacen suya, y degradan al resto de los individuos a la condición de súbditos.
Que es lo que somos los españoles.
No ciudadanos, sino súbditos.
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